Si has puesto en marcha un negocio en alguno de los municipios valencianos afectados por la dana, esta convocatoria te interesa: la Generalitat Valenciana ha aprobado las ayudas EMDANA 2026, que cubren el 100% de tus gastos corrientes hasta un máximo de 20.000 euros a fondo perdido. En este artículo te explicamos quién puede solicitarlas, qué gastos cubren y por qué conviene preparar la solicitud cuanto antes.
¿Qué son las ayudas EMDANA 2026?
Las ayudas EMDANA forman parte del Plan Endavant de la Generalitat Valenciana para la reactivación económica de los municipios afectados por la dana del 29 de octubre de 2024. Su objetivo es apoyar a las personas emprendedoras y pymes que han apostado por crear una nueva actividad económica en la zona afectada, sufragando sus gastos corrientes de puesta en marcha.
La convocatoria, publicada en el DOGV el 1 de julio de 2026 por la Conselleria de Industria, Turismo, Innovación y Comercio, cuenta con un presupuesto de 3,26 millones de euros y se ampara en el régimen europeo de minimis.
¿Quién puede solicitarla? (Beneficiarios)
Pueden solicitar la ayuda las empresas emprendedoras que cumplan tres requisitos fundamentales:
- Ser autónomo o pyme. Se incluyen las personas físicas dadas de alta en el RETA (o mutualidad de previsión social) y las pymes, cooperativas y sociedades civiles con personalidad jurídica propia. Se considera pyme la empresa con menos de 250 trabajadores y un volumen de negocio anual que no supere los 50 millones de euros (o un balance general de hasta 43 millones).
- Haber iniciado una nueva actividad económica después del 1 de noviembre de 2024. En la práctica, esto significa haberse dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) con posterioridad a esa fecha.
- Disponer de un centro de trabajo en uno de los municipios afectados por la dana incluidos en el Anexo II de la convocatoria (Paiporta, Catarroja, Aldaia, Alfafar, Algemesí, Torrent, Alzira, Utiel, Requena, Chiva, Paterna, Silla y muchos más, hasta un centenar de municipios de la provincia de Valencia, incluidas las pedanías sur de la ciudad de València).
Quedan excluidas las comunidades de bienes, las sociedades civiles sin personalidad jurídica, las entidades sin ánimo de lucro y las empresas públicas, así como determinados sectores excluidos por el reglamento de minimis (producción primaria agrícola y pesca/acuicultura en ciertos supuestos).
¿Qué gastos cubre? (Gastos subvencionables)
La ayuda está pensada para aliviar los gastos corrientes del arranque de tu negocio. Son subvencionables tres categorías de gasto:
- Alquiler: locales comerciales, oficinas, naves, despachos o espacios de coworking vinculados a la actividad. No se admite el alquiler de vivienda, aunque se trabaje en ella.
- Gastos laborales del personal contratado por cuenta ajena cuyo centro de trabajo esté en un municipio del Anexo II, con un tope de 3.000 euros brutos al mes por nómina. No cuentan la Seguridad Social a cargo de la empresa, las cuotas de autónomos ni las nóminas de los socios.
- Servicios profesionales: gestoría, asesoría jurídica, notaría, licencias, certificaciones y consultoría necesarias para la actividad.
Es importante saber qué queda fuera: inversiones en inmovilizado (maquinaria, equipos), compra de mercancía para la venta, suministros, seguros, impuestos y tasas, intereses o sanciones.
¿Cuánto dinero puedo recibir? (Importes y cuantías)
La cuantía es de las más atractivas del panorama actual: el 100% de los gastos subvencionables, hasta un máximo de 20.000 euros por solicitud. No hay inversión mínima exigida: se subvencionan gastos ya realizados y pagados.
El periodo de gastos admitido depende de tu situación:
- Si no recibiste la ayuda EMDANA 2025 ni las ayudas del Decreto 160/2025: gastos pagados entre el 1 de noviembre de 2024 y el 31 de mayo de 2026.
- Si ya percibiste alguna de esas ayudas: gastos pagados entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de mayo de 2026.
Ten en cuenta que la relación de gastos de la cuenta justificativa no puede superar los 30.000 euros, y que solo se admiten facturas y nóminas pagadas por transferencia bancaria (nada de pagos en efectivo).
¿Cuándo puedo solicitarla? (Plazos)
El plazo de presentación va del 15 de septiembre (a las 10:00 horas) al 30 de septiembre de 2026. La solicitud se presenta exclusivamente por vía telemática en la sede electrónica de la Generalitat, y debe ir acompañada desde el primer momento de la cuenta justificativa con todos los gastos: solicitud y justificación se hacen en un único trámite.
¿Cómo se seleccionan las solicitudes?
Las ayudas se conceden por riguroso orden de entrada hasta agotar el presupuesto, con una particularidad importante: existe un orden de prelación por grupos de municipios. Primero se atienden las solicitudes de los municipios más afectados (grupo a: Paiporta, Catarroja, Alfafar, Massanassa, Sedaví, Benetússer, Albal, Aldaia, Picanya, Xirivella y otros), después las de los grupos b, c y d.
La consecuencia práctica es clara: la rapidez importa, y mucho. Una solicitud incompleta que deba subsanarse pierde su orden de entrada y pasa a contar desde la fecha de subsanación. Presentar una solicitud completa y correcta el primer día puede marcar la diferencia entre recibir 20.000 euros o quedarse fuera por agotamiento del crédito.
Requisitos clave y obligaciones
Antes de solicitar, verifica estos puntos críticos:
- Estar al corriente de las obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social.
- No haber superado el límite de ayudas de minimis: 300.000 euros en los últimos tres años.
- No haber solicitado la convocatoria EMPYME 2026 (son incompatibles).
- No haber recibido otras ayudas para las mismas facturas o nóminas.
- Preparar la documentación completa: memoria justificativa (máximo 3 páginas), cuenta justificativa en el Excel normalizado, facturas y nóminas con sus justificantes de transferencia, certificado censal de la AEAT y, para sociedades, escrituras y el Impuesto de Sociedades de los dos últimos ejercicios.
Como beneficiario, deberás además dar publicidad a la financiación recibida y conservar la documentación justificativa.
Conclusión y recomendación
Las ayudas EMDANA 2026 son una oportunidad excepcional para los negocios nacidos en la zona dana después del 1 de noviembre de 2024: subvención a fondo perdido, 100% del gasto, hasta 20.000 euros y sin inversión mínima. La contrapartida es un plazo muy corto (solo 15 días) y un sistema de orden de entrada que premia a quien llega primero con la solicitud perfectamente preparada, ya que la justificación se presenta junto con la solicitud.
Nuestra recomendación: no esperes a septiembre. Reúne ahora las facturas, nóminas y justificantes de pago, verifica que cumples los requisitos y deja la solicitud lista para presentarla el día 15 a primera hora.
En Capital Activo somos especialistas en la tramitación de ayudas y subvenciones. Estudiamos tu caso sin compromiso, preparamos la cuenta justificativa y presentamos tu solicitud en el primer momento para maximizar tus opciones. Escríbenos a info@capitalactivo.es o llámanos y te confirmamos en 24 horas si tu negocio encaja en la convocatoria.